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La Diputación de Cáceres aclara que la sentencia del TSJEx no afecta a la estructura organizativa de la institución

La Diputación de Cáceres aclara que la sentencia del TSJEx no afecta a la estructura organizativa de la institución
16 Febrero 2017 | 20:06 - Redacción

La Diputación de Cáceres ha aclarado que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) no afecta a la estructura organizativa aprobada por el Pleno provincial en su Relación de Puestos de Trabajo (RPT), toda vez que no se amortiza ni se suprime ninguno de los puestos creados.

Así, insiste en que el objeto del recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la regulación del régimen jurídico del personal directivo, es decir lo que afecta a retribuciones, situaciones, etc, y no la creación de esos puestos de trabajo.

El portavoz del equipo de Gobierno provincial, Fernando García Nicolás, ha resaltado este jueves "el respeto absoluto" a la sentencia dictada por el TSJEx, pero también ha mostrado su "total desacuerdo con la interpretación de la misma" que "interesadamente", ha hecho el PP que anunció que el fallo del tribunal anulaba el reglamento orgánico en lo referente a los cargos directivos profesionales.

García Nicolás ha insistido en que la motivación del equipo de Gobierno para redactar este Reglamento Orgánico, "no ha sido otra que tratar de hacer de esta Diputación una administración con una estructura moderna, que sea más ágil, que dé un mejor servicio", ya que se carecía de este tipo de reglamento, "un instrumento necesario y básico para establecer el régimen organizativo y de funcionamiento de la institución provincial".

Así, el equipo de Gobierno estimó necesario aprobarlo, optando por facilitar la aplicación a sus destinatarios, reproducir varias normas dispersas en el ordenamiento, particularmente en el ROF, "aun a riesgo de parecer reiterativos", destaca el portavoz, que añade que se puso de manifiesto la subordinación a las leyes estatales y autonómicas en materia de régimen local y función pública, así como aquellas otras normas con rango de ley, que tengan relevancia en la actividad local.

Con estas premisas, se aprobó en Pleno el Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Cáceres, integrado por un total de 118 artículos que se agrupan en un Título Preliminar y 8 Títulos. "No hemos sido nada innovadores en la implantación de este Reglamento Orgánico, ya que son muchas las Administraciones que lo tienen a día de hoy", insiste.

"PALOS EN LAS RUEDAS DEL PP"

"Desgraciadamente el PP, en su afán por poner palos en las ruedas a la gestión del equipo de Gobierno, utiliza los tribunales para entorpecer nuestra labor y para intentar paralizar con estas estratagemas el normal funcionamiento de esta institución. El PP intenta ganar en los tribunales lo que perdió en las urnas", aseveró el portavoz en una rueda de prensa en la que estuvieron presentes otros diputados provinciales.

A modo de ejemplo en uso de esa capacidad de decidir si un puesto tiene que ser ocupado por personal funcionario o laboral, el Pleno acordó que el director del Área de Asistencia a Municipios, fuera ocupado por personal laboral, puesto que fue provisionado en julio de 2015. García Nicolás ha explicado que en sólo 6 meses "los resultados son evidentes", porque se ha elaborado la contabilidad de 11 municipios, los cierres contables de 65, se han resuelto decenas de consultas en materia económica e informes jurídicos a los ayuntamientos de la provincia y se ha cubierto en una docena de municipios las funciones de secretaría e intervención.

Desde el equipo de Gobierno se entiende que el recurso del PP pretende "paralizar" el funcionamiento de ese Área de Asesoramiento, y achaca la actitud de los 'populares' a la proximidad de los congresos de la organización que, según ha dicho el portavoz, "está generando los codazos internos y el intento de destacar de cualquier modo".

Así las cosas, la interpretación realizada por el PP de la sentencia del TSJEx se califica como un "despropósito sin paliativos" porque "dista mucho de lo que es la realidad", insiste, ya que se hizo una "lectura sesgada e interesada" del fallo y se "mezclaron diversos temas que no hacen más que enmarañar una sentencia que tiene términos muy claros".

Desde el equipo de Gobierno se insiste en que el fallo de la sentencia no afecta a la estructura organizativa aprobada por el Pleno provincial en su Relación de Puestos de Trabajo (RPT), toda vez que no se amortiza ni se suprime ninguno de los puestos creados. El objeto del recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la regulación del régimen jurídico del personal directivo (retribuciones, situaciones, etc) y "no la creación de esos puestos de trabajo".

Según ha explicado, la regulación del personal directivo a través del reglamento se hace necesaria para autorizar que algunos puestos de personal directivo de la RPT sean ocupados por personal laboral, tal como autoriza a las diputaciones provinciales el art. 32 bis de la Ley 7/1985 y la normativa autonómica de función pública.

García Nicolás ha aclarado que sólo uno de los cuatro puestos reservados a personal laboral está ocupado con carácter definitivo. "Lo que pone de manifiesto que este equipo de Gobierno no tenía decidido colocar a nadie", por lo que considera que "falso" que se haya colocado a personas "a dedo" en los puestos directivos de la Diputación Provincial, porque "a diferencia de lo que piensa el PP, para los socialistas la diputación no es un cortijo", recalca.

En ningún momento la sentencia pone en duda la capacidad de la diputación de decidir a través de su Reglamento Orgánico qué puestos de personal directivo pueden ser ocupados por personal laboral, sino que recuerda que el nombramiento del personal directivo de estas entidades deberá efectuarse de acuerdo a criterios de competencia profesional y experiencia entre funcionarios de carrera, "con la salvedad de que si el Reglamento Orgánico permite que en atención a las características específicas de las funciones de estos órganos directivos, podrá nombrarse a alguien que no reúna dicha condición de funcionario".

Es decir, la sentencia viene a decir que se pueden realizar provisiones de personal laboral en determinados puestos directivos a través del Reglamento Orgánico. "Por tanto no pone esto en duda, sino que el objeto del recurso es la capacidad de la Diputación para establecer el régimen jurídico del personal directivo, algo que sí se ha hecho en el reglamento", ha dicho el portavoz que ha puntualizado que la regulación es una traslación de la normativa estatal y así se pone de manifiesto en la exposición de motivos.

"Por tanto no ha habido una extralimitación de competencias porque la regulación realizada respeta íntegramente la normativa estatal" y "lo único que ha interpretado el tribunal es que nos hemos excedido de nuestra capacidad en la regulación introducida en nuestro Reglamento en el Título V del Capítulo II".

Es decir, el juzgador entiende que sólo puede ser el legislador estatal el que regule esa materia, por lo que la sentencia anula "solo" lo relativo a la regulación del régimen jurídico del personal directivo y no afecta a la estructura organizativa de la Diputación Provincial de Cáceres y por ende "no hay que suprimir ninguno de los puestos de personal directivo creados".

En relación a lo dicho por el PP referente a los puestos de los directores del Área de Economía y Hacienda y de Gestión Presupuestaria que habían suscrito informes con "grandes repercusiones" en los presupuestos y otros documentos públicos, el Gobierno provincial asegura que "a dichos puestos no les afecta en absoluto el fallo de la sentencia, ya que están provisionados legalmente".

"Como no podía ser de otro modo lanzamos un mensaje de tranquilidad y de seguridad sobre las decisiones tomadas por el equipo de Gobierno de la Diputación Provincial", concluyó el portavoz que aseguró que la decisión de presentar el recurso de casación al Tribunal Supremo "se está estudiando".

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